miércoles, 29 de diciembre de 2010

DECRETO DE LAS CCEES

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REF: Decreto Nº 112:

Aprobación del Sr. Cardenal de Santiago,

Don CARLOS OVIEDO CAVADA

Para la ASOCIACION DE FIELES denominada:

“COMUNIDADES CRISTIANAS DE ENCUENTROS EN EL ESPÍRITU”

VISTOS:

1. “La urgencia, dentro de marco de la “Nueva Evangelización”, de evangelizar el mundo de los jóvenes y la existencia de hecho, hace ya varios años en nuestra Arquidiócesis, de las “Comunidades Cristianas de Encuentros en el Espíritu” y otras comunidades análogas, que realizan un amplio apostolado entre la juventud; bajo el impulso del P. José Forbes Figueroa, SDB.,

2. La conveniencia de dar una mayor estructura pastoral y jurídica a dichas comunidades

3. Y que a tenor de los cánones 298 y 299, existen en la Iglesia asociaciones distintas de las instituciones de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólicas, en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto con laicos, trabajando unidos buscan: fomentar una vida más perfecta, promover el culto público o doctrina cristiana, realizar otras actividades de apostolado, a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad y la animación con espíritu cristiano del orden temporal.

Los fieles tienen derecho, mediante un acuerdo privado entre ellos a constituir asociaciones para fines de los que se trata en el Canon Nº 1 sin perjuicio de los que prescribe el C 301,1

“Esas asociaciones se llaman privados aunque hayan sido alabadas o recomendados por la autoridad eclesiástica”.

Y teniendo en cuenta que la Iglesia no admite ninguna asociación privada si sus estatutos no han sido revisados por la autoridad competente:

DECRETO:

RECONÓCESE en nuestra Arquidiócesis, la Asociación privada de fieles denominada

“Comunidades cristianas de Encuentro en el Espíritu”, las que se regirán por los estatutos cuyo texto se archivará conjuntamente con este Decreto, en la Secretaría General del Arzobispado de Santiago.

TOMESE RAZON Y COMUNIQUESE.

+ CARLOS CARDENAL ARZOBISPO DE SANTIAGO y

FRANCISCO JAVIER MATTE COVARRUBIAS secretario

Santiago, 3 de Abril de 1997

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

“COMUNIDADES CRISTIANAS DE ENCUENTRO EN EL ESPIRITU: EJE, Y DEMAS ENCUENTROS

PREAMBULO

En la Iglesia de Dios, en la de Chile y en especial en la Iglesia de Santiago, hay un carisma particular y un apostolado con los jóvenes, que creemos necesario estructurar en esta asociación, para mayor Gloria de Dios y sea de más utilidad a la Familia chilena y a cuantos participen en este carisma-apostolado en la Fe y Esperanza y de esta forma beneficie a todo el Pueblo de Dios.

Por estas razones y siguiendo los c.c. 215 y 298, presentamos los Estatutos de esta Asociación Privada de Fieles, sin fines de lucro, llamada

“COMUNIDADES CRISTIANAS DE ENCUENTRO EN EL ESPÍRITU” (CCEE) para que sea la Arquidiócesis quien nos reconozca, como una forma de cooperar con el apostolado que Cristo a ellos encomendó, y así progresar en la fe y santidad de vida, hoy tan necesaria en el mundo. La Espiritualidad de la Asociación CCEE se fundamenta en el estilo de vida de las Primeras Comunidades Cristianas, quienes:

“Acudían asiduamente a la enseñanza de los apóstoles, a la convivencia, a la fracción del pan y a las oraciones. …... Todos los que habían creído vivían unidos; compartían todo cuanto tenían, vendían sus bienes y propiedades y repartían después el dinero entre todos según las necesidades de cada uno. Todos los días se reunían en el Templo con entusiasmo, partían el pan en sus casas y compartían sus comidas con alegría y con gran sencillez de corazón. Alababan a Dios y se ganaban la simpatía de todo el pueblo; y el Señor agregaba cada día a la comunidad a los que quería salvar” (Hechos 2, 42-47)

Nuestra fuerza, nuestra fe, está en la creencia que las Tres Divinas Personas viven realmente en cada uno de nosotros, de alguna forma o presencia.

Damos testimonio que el Espíritu Santo nos ha protegido siempre bajo sus alas dándonos a conocer su auxilio y presencia en numerosas ocasiones.

Amamos con toda nuestra alma a nuestro hermano mayor Jesús, modelo de obediencia y amor al Padre e intentamos seguir sus pasos.

Confiamos en el auxilio amoroso de nuestra Madre María, a quien el mismo Jesús nos dejó encomendados. Ella es madre de la juventud, quien nos estimula a ayudar a la Familia chilena a formar lazos afectuosos entre sus miembros.

TITULO PRIMERO:

DEL NOMBRE Y OBJETIVOS DE LA ASOCIACION

Art. 1: Se establece en la Iglesia de Santiago una Asociación Privada de Fieles, sin fines de lucro, denominada:

“Comunidades Cristianas de Encuentro en el Espíritu” (CCEE), a saber; Familia EJE (Encuentro de Jóvenes en el Espíritu)

Familia Escoge:21 a42

E. de Peques (5,6,7,años)

ENE,(niños 7 a 12).

ÑAIRATEI (lolos,)1ºy 2º medios

ECA, encuentro con el amor pololos, novios,

E DE PAREJAS RESPONSABLES novios y matrimonios jóvenes ,

EME, EPE (E de MAMÁS Y PAPÁS respectivamente),

(E, ÁMAME, mixto para la tercera EDAD”

El objetivo de los ENCUENTROS es contribuir a mejorar, promover y acrecentar la unión y amor en el grupo familiar inmediato (padres y hermanos) y mediato (hermanos de Fe) para formar núcleos amorosos con fuerte apoyo de su Iglesia.

El objetivo de Escoge es, una vez obtenida esta base de Fe que es la familia cercana, dar testimonio en el mundo laboral, político y social para así transformar la sociedad en una gran familia de peregrinos hacia el Reino, al encuentro de nuestro hermano Jesús, en la gloria del Padre Dios y la mirada del Espíritu Santo.

Art. 2: Esta Asociación tiene como principales fines y objetivos:

a) Cooperar con el apostolado de la Iglesia jerárquica

b) Revitalizar en la sociedad la institución del amor Divino (1 J 4,7-21) y el humano:

La Familia esta redescubriendo una profunda antropología cristiana, anunciándola alegremente a la sociedad actual, principalmente a los jóvenes, defendiendo con todas nuestras fuerzas los valores de la Familia a la luz de las enseñanzas de Jesús.

c) Promover el conocimiento personal de cada hombre y mujer, para que en su ser descubra a Dios su Padre (su “Esencia” y en ella, la presencia de las Tres Divinas Personas) y le acepte como guía principal en sus decisiones de Vida.

d) Permanecer en continuo crecimiento en la Fe.

e) Presentar una experiencia de Cristo, mediante el testimonio auténtico y el compartir profundo al estilo de los primeros cristianos.

f) Dar un impulso vivo y renovado al trabajo pastoral, formando comunidades de vida, que tengan mística adquirida para colaborar con la Evangelización. Usando activa y vivencialmente la SAGRADA ESCRITURA.

g) Ser Misioneros y Pastores de otros jóvenes y adultos, constituyendo una Pastoral de Frontera y de Futuro; organizando, promoviendo y realizando distintos encuentros y actividades para evangelizar a la juventud aquí y ahora, en un clima alegre, dinámico y entusiasta, dando testimonio de Jesús en el mundo de hoy. Nos guiamos por “CHRISTIFIDELE LAICIS” de Juan Pablo II.

Art. 3: El nombre, los fines y objetivos de esta asociación no pueden ser cambiados.

TITULO SEGUNDO:

DE LA DURACIÓN Y NÚMERO DE LOS SOCIOS

Art. 4: La duración de la asociación es indefinida e ilimitado el número de asociados.

Art. 5: En caso de disolución de la asociación, los bienes monetarios, muebles e inmuebles que ésta pudiese tener, serán de propiedad de la institución de beneficencia que el arzobispo determine.

TITULO TERCERO:

DEL CAPITAL Y LOS BIENES DE LA ASOCIACIÓN:

Art. 6: Son bienes de la asociación:

Todos y cada uno de sus miembros.

El bien más valioso para las Familias Encuentro, es cada uno de sus integrantes, cristianos convencidos y confiados a la guía de Cristo y a la dirección del Espíritu Santo, bajo la mirada amorosa de Dios Padre.

Este bien es el único a considerar para los fines de este documento, pues cada Familia es libre de velar por la financiación de las actividades que conlleve su trabajo apostólico.

Nos guiamos por la recomendación emitida por el propio Señor Jesucristo:

“No lleven billeteras, ni bolsón, ni sandalias,… Al entrar en cualquier casa, bendíganla antes diciendo: La paz sea en esta casa…… Mientras se queden en esa casa, coman y beban lo que les ofrezcan, porque el obrero merece su salario. No vayan de casa en casa. Cuando entren en una ciudad y sean bien recibidos, coman lo que les sirvan, sanen a los enfermos y digan a su gente: El Reino de Dios ha venido a ustedes.” (Lc. 10, 4-12)

Por tanto confiamos en que nada nos faltará si lo pedimos tal como nuestro Señor Jesús nos enseñó y recomendó. Damos fe de ello, pues nos ha sido demostrado en la práctica desde que estos programas comenzaron a existir hace 27 años y nunca hemos carecido de lo necesario para seguir adelante.

TITULO CUARTO:

DE LOS SOCIOS Y DE SU ADMISION:

Art. 7: La asociación estará compuesta por socios, que serán a su vez equipos que funcionan en parroquias, Universidades, colegios,municipal y otras instituciones que los patrocinen o acojan, respetando su carisma y filiación a la Iglesia.

Art. 8: Para ser reconocido un Equipo como socio se requiere:

1. Que sus integrantes tengan la edad acorde a la madurez requerida para cada Programa. La edad recomendada para vivir la experiencia EJE es de 15 a 19 años, para el EJEE familiar la que tengan y la edad para vivir la experiencia Escoge es de 20 años en adelante.

2. Ser Equipo formado en comunidad (Cf. Art. 31).

3. Patrocinio o acogida por una institución con simpatía por la Iglesia Católica.

4. Tener Sede o un lugar donde el equipo pueda reunirse periódicamente a realizar sus actividades.

5. Tener auxilio permanente de un Guía Espiritual. A saber, en orden de importancia:

a) Sacerdote de la Iglesia Católica o ministros cristianos.

b) Matrimonio laico comprometido, formado en la Fe.

c) Consagrada,o y /o Asesor Espiritual laico formado en la Fe.

Art. 9: Para el reconocimiento de un equipo, la Coordinación de Fe de cada “FAMILIA”: EJE o Escoge se reunirá y examinará los antecedentes, y luego en discernimiento votará privadamente para aceptar o rechazar la solicitud.

Art.10: El “Equipo-Comunidad” que fuere aceptado aceptará los postulados que guían a esta Familias de Encuentro, comprometiéndose a crecer constantemente en la Fe y a asistir a Jornadas masivas donde concurren equipos de todo el país, citados por la sede principal, para conocerse, formarse, tomar decisiones y aprobar directrices que atañen a todos.

TÍTULO QUINTO:

DE LAS OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS

Art. 11: El Equipo socio, desde que es reconocido, queda obligado a:

1. Cumplir con todas las reglamentaciones internas que la asociación tenga para sus socios.

2. Asistir a las reuniones periódicas y /o extraordinarias de su respectiva zona y apoyar las iniciativas y obras que se promuevan.

3. Colaborar con la Iglesia ejerciendo nuestra particular forma de apostolado.

4. Anualmente hacer un balance de los avances y carencias de su Familia-equipo.

5. Cumplir todas las otras obligaciones que la Coordinación de Fe determine, para cumplir con la espiritualidad de las CCEE.

6. Velar por la asistencia de sus miembros a los seguimientos, jornadas, talleres, retiros y Misa dominical.

7. Los Coordinadores del Equipo pueden permanecer como tales por un período de no más de 2 años, prorrogables por un año más con autorización del Guía Espiritual.

TITULO SEXTO:

DE LOS BENEFICIOS DE LOS SOCIOS,”encuentristas”

Art. 12: El socio que cumpla con todas sus obligaciones gozará de todos los beneficios que esta asociación otorga, a saber:

1. Participar en la elección de los representantes zonales.

2. Realizar las experiencias de FDS (Fin de Semana).

3. Participar en el Ampliado Arquidiocesano, con derecho a voto, que se realiza, a lo menos, una vez al año.

Participan por cada socio: 2 Coordinadores y 1 Padre Espiritual.

4, Participar en otros encuentros de las CCEE.

5. La aplicación espiritual de las gracias infinitas de las

”EUCARISTIAS” diarias de todos sus capellanes.

6. El auxilio espiritual pedido en las oraciones de cada equipo por contar con la protección, apoyo, guía e impulso del Espíritu Santo.

TITULO SEPTIMO:

DEL AMPLIADO ARQUIDIOCESANO

Art.13: El Ampliado Arquidiocesano es:

a). Tiempo donde La “Coordinación de Fe” de esta asociación da cuenta de su gestión ante los representantes de las respectivas zonas.

b) De cada Ampliado Arquidiocesano debe salir un plan de trabajo en conjunto donde se contemplen:

- Inserción en las respectivas zonas.

- Formación en la Fe de los asociados.

- Líneas de acción para el período.

Art. 14:”La Coordinación de Fe” será presidida en conjunto por El P. Espiritual designado y por aquella persona que sea reconocida como tal por el Padre Espiritual José Forbes Figueroa (sdb) quien es el responsable de estos Programas y el único a quien cabe dirigir los destinos, decisiones y orientación de estas Familias de Encuentro, hasta que él mismo designe a su sucesor.

TITULO OCTAVO:

DE LA ESTRUCTURA DE LA ASOCIACIÓN:

Art. 15: La asociación tiene como base la existencia de Equipos-Comunidades, ordenados y organizados en distintas zonas de las distintas arquidiócesis de Chile.

Art. 16: Tanto la Coordinación de Fe como las Coordinaciones de Equipo están compuestas por miembros que durarán en su cargo dos años, con la posibilidad de ser reelecto sólo por un período más.

Art. 17: Son funciones de la Coordinación de Fe:

1. Procurar que se cumplan todos los fines y objetivos de la asociación misma.

2. Velar para que todos los equipos hermanos estén bien informados y cumplan la reglamentación con respeto y verdadero afecto.

3. Discernir, tanto para aceptar como para amonestar a un socio de la Familia de Fe, así como para suspender o sancionar sobre los beneficios de sus hermanos en la Fe, siempre con amor, delicadeza y caridad. Sin usar jamás el “tú”que muchas veces causa malos entendidos. Sugerimos el “compartir todo en primera persona, del verbo estar”

5. Cuidar de la recta administración de los bienes monetarios, muebles e inmuebles de las CCEES si los hubiere.

6. Sesionar en Santiago y tener su sede en la ciudad donde viva el Padre Espiritual de estos Programas, el P. José Forbes F. (sdb).

Art.18: Una vez al año asisten los delegados de cada zona, al Ampliado Arquidocesano, donde, si procede, se elige al Directorio para el próximo período.

Art. 19: El Directorio se estructura de la siguiente manera:

1. Asesor o Padre Espiritual.

2. Coordinador - Presidente

3. Coordinador - Secretario.

4. Tesorero.

5. Coordinador del Comité Asesor.

6. Coordinador del Comité Ejecutivo.

Esta Coordinación debe estar conformado por personas de distinto sexo. De tal manera que sea un organismo mixto.

Art. 20: La Coordinación de Fe se reunirá por lo menos una vez al mes y cuando lo crean conveniente para la buena marcha de las Familias.

Art. 21 Los Coordinadores Presidentes de los Comités Asesor y Ejecutivo, presiden dichos Comités para ayudar a la gestión de la Coordinación de Fe, y son órganos colaboradores en la ejecución de los planes e iniciativas que se tengan que llevar a cabo.

Art.22: Las funciones de cada miembro de la Coordinación de Fe están estipuladas en un apartado y obedecen a los postulados de cualquier agrupación de hermanos.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS:

Artículo uno: integrantes de la organización:

- Personas creyentes en un Dios único y trinitario.

- Personas con clara orientación de Fe

- Con edad acorde al Equipo que representan

- Con respeto por la vida creada por Dios

- Dispuestos a defender su Fe

- Con equilibrio emocional acorde a su desarrollo

- Dispuestos a estar en permanente formación

- Con clara vocación de Servicio al prójimo en el estilo de Jesús

Artículo dos: Nombrase al sacerdote. P. JOSÉ FORBES FIGUEROA (sdb), para que en su calidad de fundador de las CCEE, ocupe el cargo de Coordinador-Asesor Espiritual, hasta que él mismo estime conveniente su retiro de esta responsabilidad.

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